Afiliaciones

Servicio de Afiliaciones

Uno de los condicionantes básicos para poder realizar una efectiva acción gremial, lo constituye el proceso de afiliaciones y actualización permanente de los padrones de trabajadores, para lo cual se cuenta con un sistema computarizado de última generación que nos permite, en un mínimo lapso, y a través del Departamento Unificado de Afiliaciones, D.U.A. proveer al trabajador y su grupo familiar de sus respectivas credenciales (tarjetas magnéticas) que los habilita a acceder a los distintos servicios que nuestra organización brinda en lo asistencial, gremial, educativo y recreativo

Preguntas frecuentes

afiliaciones

¿Requisitos para afiliarme a la Obra Social?

Constancia de CUIL, último recibo de sueldo, DNI primera y segunda página, Registro de AFIP (Acta-Baja)

Constancia de CUIL, DNI primera y segunda página, certificado de nacimiento de los hijos, certificado u acta de matrimonio o certificado de convivencia, constancia de alumno regular (hijos estud. De 21 a 25 años), certificación negativa (Anses), códem Anses**

*En caso de acercar la información personalmente, deberá ser fotocopia de todo lo indicado. Si envía por mail, escaneo y descarga en pdf.

**Si alguno de los familiares cuenta con discapacidad, debe presentar el certificado tanto en AFILIACIONES como en Asistencia Social. Es necesario para que figure declarado en el sistema y en el carnet para poder recibir los bonos de atención médica sin costo.

tiempo

¿Los temporarios con reserva de puesto pueden continuar con la obra social y cuota sindical?

Sí, los temporarios con reserva de puesto tienen la posibilidad de seguir abonando la obra social todo el año por su cuenta. A tal fin debe presentar en Afiliaciones la reserva de puesto, el último recibo de sueldo y a partir de este trámite le seguirán bajando las boletas con el valor correspondiente a cada mes por la obra social y cuota sindical, dependiendo si es titular o titular con familiares a cargo.

emabarazo

¿Qué sucede con mi afiliación si estoy embarazada?

Si estás embarazada tenés que realizar en Anses el trámite de Licencia por Maternidad, donde con la fecha probable de parto te otorgarán los 90 días de licencia habitual. Con esta presentación de Anses debés asistir a afiliaciones para que se te tramite el Plan Materno, por el cual no se te cobrarán los bonos de atención durante el embarazo y además se ingresa al sistema la información. Si no se realiza este trámite para darnos aviso, ante la falta de aportes debido a la licencia, de manera automática el sistema te dará de baja. Por tal motivo es muy importante que nos presentes tu trámite de Licencia.  

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¿Qué cobertura tiene mi bebé al nacer?

Para trasladar el Plan Materno al bebé durante el primer año de vida, la mamá debe realizar el trámite de DNI del nuevo integrante de la familia dentro de los 30 días de haber nacido. Una vez iniciado el trámite informar a Afiliaciones para comenzar su nueva afiliación. De esa manera el bebé podrá contar con el PM sin cobro de bonos, asistencia, set maternal y leche durante su primer año de vida. Para realizar el trámite debe presentar respecto al bebé su DNI, partida de nacimiento y códem de Anses con su hija/o a cargo

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¿Qué pasa con mi afiliación y obra social cuando me despiden?

Cuando hay un despido, debe presentar en Afiliaciones el Telegrama y a partir de ese momento tiene 90 días de cobertura asegurada. En esos tres meses debe realizar el trámite para el Fondo de Desempleo. Una vez tramitado, Anses te dará un codem con las cuotas que te van a corresponder. Esa cantidad de cuotas serán la cantidad de meses que seguirás contando con el servicio de OS y gremial. Para renovanción automática mensual, debés presentar el recibo de cobro de FD.

gremiales

¿Quiénes acceden al seguro de vida y sepelio?

Personas amparadas: titular de Uthgra, grupo familiar primario y padres legalmente a cargo. El presente alcanza a los trabajadores que se encuentren en el año de espera por enfermedad.

Los beneficiarios pasivos deben mantener una antigüedad mínima de seis meses y haber realizado la totalidad de los pagos en tiempo y forma. Los monotributistas además tendrán que tener el pago del monotributo en tiempo y forma y encontrarse activo en el padrón prestacional vigente al momento del fallecimiento. 

Para asignación de los seguros de vida los hijos tendrán cobertura a partir del mes de vida y hasta los 21 años de edad.

La cobertura de servicio de sepelio se extiende a hijos estudiantes hasta 25 años, presentando certificado de estudio, y en embarazo a partir del sexto mes de gestación. Cabe aclarar que el servicio de “angelito” (no nacido hasta el primer mes de vida)es diferente al servicio de adulto, por lo tanto el monto de reintegro será menor.

El plazo para presentar la documentación por seguro de vida es de tres años a partir de la fecha de defunción. En el caso de tener que esperar la resolución por la declaratoria de herederos, la documentación restante deberá presentar de igual modo dando inicio al expediente.

El plazo para presentar la documentación por sepelio es de un año a partir de la fecha de defunción.

Si no se aclara si la causa fue traumática o no, deberá adjuntarse certificado médico de defunción o, en su defecto, los últimos 12 recibos de haberes consecutivos, con el correspondiente descuento del seguro de vida, o si el fallecimiento fue intervenido por la policía, se podrá adjuntar la actuación de la misma, con el fin de aclarar si fue causado, por ejemplo, por un accidente de tránsito. En caso de suicidio, los últimos 12 recibos de haberes consecutivos son obligatorios

Recibo de haberes correspondiente al mes anterior al fallecimiento donde conste retención por el seguro de vida y sepelio. En caso de fallecimiento de padres legalmente a cargo, deberá figurar además el descuento del 1,5% adicional por padre a cargo ante la Obra Social.

Certificado de discapacidad

Certificado de estudio (alumno regular)

Boleta con el talón de pago correspondiente al mes anterior al fallecimiento por seguro de vida colectivo y formulario de adhesión con designación del beneficiario. 

El cheque se emitirá a nombre de la persona que figura en la factura.

(no incluye mejoras ni gastos e impuesto del cementerio)

Donde figuren nombre, CUIL y CBU

En caso de cónyuge fotocopia de libreta o acta de matrimonio; conviviente: Declaración Jurada de Convivencia ante Juez de Paz con dos testigos como mínimo y con dos años de anterioridad al fallecimiento; hijos: fotocopia de partida de nacimiento; padres legalmente a cargo: fotocopia de partida de nacimiento del titular o libreta de casamiento de los padres del titular que acredite el vínculo y declaración jurada manifestando que se encontraba a cargo del titular y que no percibía jubilación ni pensión.

En caso de la guarda de puesto de trabajo se deberá adjuntar el telegrama o carta documento donde conste desde qué fecha se inicia la guarda.